24 octubre 2016

El momento en el que un asegurado en el sistema de pensiones solicita su pensión a las Administradoras de Fondos de Pensión (AFP), éstas toman el dinero ahorrado en la Cuenta Personal Previsional (capital acumulado) del asegurado y —por medio de un modelo financiero-actuarial que aplica una tasa de descuento y un factor de probabilidad de vida para cada año— lo distribuyen en el tiempo presumiendo que dicho asegurado y/o sus derechohabientes van a llegar a vivir hasta los 110 años de edad.

Sí, aunque usted no lo crea, de acuerdo a las leyes que regulan el sistema de pensiones en Bolivia, los asegurados al mismo pueden llegar a vivir hasta los 110 años —cual si fuesen matusalén.

Carlincatura 19 de mayo de 2014. La República

¿Qué efecto tiene esta determinación en el monto de pensión?

Antes de contestar, cabe aclarar que la distribución del dinero no se hace en partes iguales, sino en fracciones decrecientes; las fracciones más grandes se dejan para los primeros años y las más pequeñas para los últimos. Esto es así porque el capital acumulado por los asegurados, aunque distribuido hasta los 110 años, continua ganando interés; razón por la cual, para entregar 1.000 Bs. en 10, 20 o 30 años no es necesario guardar esos 1.000 Bs. desde el principio; estimando la tasa de interés que ganará el dinero (lo que técnicamente se denomina Tasa de Descuento) será suficiente reservar montos menores a 1.000, montos que con el paso del tiempo y el interés ganado irán equiparando esa cifra.

Ahora, supongamos que un asegurado decide jubilarse a los 60 años, entonces distribuirán su dinero por un lapso de 50 años; si se jubila antes su capital acumulado se distribuirá por más tiempo, si se jubila después se distribuirá por menos tiempo. Así, un mismo capital —dejando las otras variables estáticas— entregará un mayor monto de pensión a las personas que se jubilen a los 65 años, que a los que se jubilen a los 60 o a los 55. Contestando la pregunta realizada líneas arriba, un monto de pensión aumentará o disminuirá, dependiendo la cantidad de años en los que el capital acumulado se haya distribuido.

¿Por qué calculan de esta manera?

El criterio que subyace en esta forma de cálculo, es que el dinero acumulado por los asegurados no puede ser retirado de una sola vez sino en fracciones; de tal manera que se constituya en el pago de una pensión de vejez mensual, a dichos asegurados y sus derechohabientes, hasta el final de sus días. Se asume que si ese dinero se retirase de golpe, los que lo hicieren correrían riesgos innecesarios y no siempre lo utilizarían de manera correcta y responsable, dejando desprotegida su vida en la vejez. El criterio no es malo, de hecho, está en la base misma de cualquier sistema de Seguridad Social.

El problema, sin embargo, comienza porque nadie sabe cuándo va a fallecer un asegurado ni sus derechohabientes; por lo tanto, nadie puede decir con precisión hasta qué fecha el grupo familiar necesitará recibir una pensión, y por ende, nadie puede decir porqué periodo de tiempo habrá que distribuir el capital acumulado de un asegurado.

Para subsanar este problema los sistemas de pensiones del tipo que hay en Bolivia utilizan Tablas de Mortalidad. Existen Tablas que extienden la probabilidad de vida hasta los 95 años, otras hasta los 100, otras hasta los 110 e, incluso, un poco más. No, no es que sean Tablas mal elaboradas, sino que en los registros sobre los que se basaron, seguramente había personas —pocas claro está— que fallecieron a esas edades, dando lugar a esa extensión de años.


Las Tablas de Mortalidad, al ser construidas con base en los registros de nacimiento y fallecimiento de largos periodos de tiempo dan lugar a unos factores que reflejan —con razonable precisión— la probabilidad de vida o de muerte de las personas de una sociedad o, incluso, de un grupo social, según la edad que hayan alcanzado. Sin embargo de esta capacidad predictiva de las Tablas, el problema está en que los sistemas de pensiones en toda Latinoamérica, no sólo en Bolivia, generalizan su aplicación a todos los asegurados sin ninguna consideración a su realidad específica.

Exagerar la longevidad: sinrazón y efectos

Supongamos que un asegurado que no tiene derechohabientes decide jubilarse a los 60 años, pero al mismo tiempo ha sido diagnosticado de un cáncer de nivel medio o de un problema avanzado en los riñones, entonces es evidente que su horizonte de vida se ve acortado a 5 o 10 años a lo sumo, aunque la Tabla asigne a todos los asegurados la probabilidad, por pequeña que sea, de llegar a los 110 años. Siendo así ¿qué sentido tiene distribuir el capital acumulado por este asegurado hasta los 110 años?

Pero, no es necesario imaginar enfermedad alguna. El asegurado común y corriente —y perfectamente saludable— tampoco va a llegar a los 110 años.

Particularmente en Bolivia, cuyas Tablas de Mortalidad construidas por el Instituto Nacional de Estadística (INE) sólo van hasta los 80 años, y a partir de ahí estiman una esperanza de vida de seis años más. Sólo como referencia tómese en cuenta que, de acuerdo a los Censos, el 2001 sólo 9 de cada 1.000 y el 2012 sólo 14 de cada 1.000 personas atravesaron el umbral de los 80 años. En ese marco, vale la pena volver a preguntar: ¿Qué sentido tiene calcular un monto de pensión, distribuyendo el capital acumulado por los asegurados hasta los 110 años?

Los defensores de esta forma de calcular una pensión, arguyen que el dinero que se reserva para los años más lejanos es mínimo y, en compensación, se garantiza que el asegurado reciba una pensión hasta el final de sus días.

Lo cierto es que esa afirmación no tiene asidero real. De acuerdo a una investigación que hemos realizado, en colaboración con la Asociación de Jubilados del Nuevo Sistema de Cochabamba, dependiendo de la edad de jubilación, el sexo y la existencia de derechohabientes, entre el 10% y 20% del capital acumulado por los asegurados es distribuido para más allá de los 80 años; lo que redunda también en una pensión entre el 10% y 20% menor a lo que le correspondería si el cálculo se realizará sólo hasta los 80 u 85 años y no hasta los 110.

Aquí cabe preguntar: ¿qué sentido tiene garantizar una pensión para muchos años más allá de la vida de un jubilado y sus derechohabientes, en tanto, eso significa una drástica reducción de sus ingresos para cuando está vivo, es decir, para cuando realmente necesita?

Damivago Nº 130: Pensión de Vejez. 05 de mayo de 2015

A manera de conclusión

La investigación que referencio aquí, pronta a publicarse, concluye que la aplicación de la Tabla de Mortalidad hasta los 110 años no tiene ningún sentido lógico ni asidero técnico, pero, a pesar de ello, disminuye directamente el monto de pensión de los jubilados del nuevo sistema.

Dicha investigación, muestra también que extender la longevidad está asociada con otro asunto, a saber, cuando fallece un jubilado y su derechohabiente, por supuesto antes de los 110 años, siempre queda un remanente de dinero: ¿qué hace el sistema con ese dinero?.

A diferencia de lo que sucede en otros países, donde ese dinero puede volverse herencia y/o puede ser —si se me permite el término— adelantado para aumentar el monto de la pensión; en Bolivia ese remanente se queda en el Fondo de Vejez y va en favor de los que todavía están con vida.

Es una ironía, pero quienes diseñaron el sistema de pensiones, allá por 1996, que no perdían espacio alguno para denostar al vilipendiado Sistema de Reparto, no se dieron cuenta que estaban implantando una característica fundamental del mismo: en aquel los activos aportaban para los pasivos, en este los que fallecen están aportando para los que quedan con vida.

En precisión y dicho amablemente, el sistema de pensiones boliviano no es un sistema de capitalización puro; dicho sin pelos en la lengua, es un sistema que confisca entre el 10% y 20% de los ahorros de los asegurados.

En otra oportunidad abundaré sobre este mecanismo de confiscación, para terminar el tema aquí, debo decir que cuando digo “diseñaron el sistema” estoy exagerando. Quienes participaron en el proceso, muchos de los cuales después fingieron y fungieron de “expertos” en pensiones, en realidad hicieron una mala copia de los sistemas de capitalización individual vigentes en ese momento en Latinoamérica, especialmente del chileno.

Me refiero a que en vez de potenciar los aspectos positivos del modelo, reprodujeron sus aspectos más perversos. Para muestra aquí un botón: las Tablas de Mortalidad que se utilizan en el sistema de pensiones boliviano no son bolivianas, no son las Tablas construidas por el INE de Bolivia. De acuerdo a la información que he podido recabar, son Tablas copiadas de Colombia, que han sido ajustadas grosso modo, es decir, al mejor estilo de los “expertos” de ese entonces.

¿Qué están haciendo los actuales gestores del sistema de pensiones sobre este asunto? Pues nada. Al parecer ni siquiera han comprendido el funcionamiento del sistema y sus iniquidades; y si lo han hecho no dan señal de hagan algo para remediarlo.

Gustavo Marcelo Rodríguez Cáceres 
Cochabamba, 24 de octubre de 2016

38 comentarios :

  1. Eso es cierto. Al igual que el perverso código tributario, ambos heredados de los gobiernos neoliberales y adoptados vehementemente por el actual Gobierno

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    1. Hola Noel, en materia tributaria y de pensiones yo diría que la situación es peor que neoliberal, es retrógada. En tributos se carga todo a los consumidores más pobres por lo general, y en pensiones, ya ve, confiscan una parte del ahorro de años.

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  3. La Ley que modificó el sistema de pensiones creó el Ahorro Individual, con las aportaciones que mensualmente se descontaban y se descuentan actualmente bajo otro nombre con la Ley 065, que elimina el concepto de ahorro individual, que la anterior Ley establecía el carácter sucesorio en favor de los derecho habientes, es más, el ahorro acumulado podía ser parte del ahorro individual de los hijos, esto significaba el derecho de propiedad del ahorro de los trabajadores en favor sus herederos, concepto desvirtuado por la actual Ley de pensiones, asimismo es oportuno denotar que los dineros producto del ahorro ondividual fueron invertidos en bonos del Estado haciendo a este el mayor deudor de un monto millonario, que si pueden cuantificarlo en próximas publicaciones aclarará la forma de cálculo de pensiones que tiende a minimizarlas.
    Esta es una inquietud que agradezco al que tuvo la iniciativa de tocar este tema ya que el manejo en las AFP'S es tan reservado que es un misterio la forma de cálculo de las rentas.Gracias.

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    1. La actual Ley de Pensiones Nº 65 no elimina el concepto de ahorro individual, que está vigente desde la anterior Ley de Pensiones Nº 1732. Por otra parte ya en la 1732 estaba establecido las Tablas de Mortalidad hasta los 110 años y la determinación de que el dinero sobrante se quede en el Fondo de Vejez, en favor de los jubilados todavía vivos, pero confiscando los ahorros de los jubilados ya fallecidos. La Ley 1732 como la Ley 65 hablan de masa hereditaria, pero lo hacen refiriéndose al capital acumulado que pueden dejar los asegurados que fallecen sin jubilarse. Es decir, la única manera en que el ahorro de un trabajador se vuelve herencia es si este no firma el contrato de jubilación, si firma, ese mismo instante su dinero pasa al fondo común.

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    3. PERO EN QUE FAVORECE AL RENTISTA MUERTO CUANDO PASA AL FONDO DE PENSIONES?.........SI ESTE MONTO NO HA SIDO DEPOSITADO POR LAS AFPs y tampoco POR EL FONDO?

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    4. Saludos:
      Muchas gracias por la informacion prestada una duda acerca de esto: "La Ley 1732 como la Ley 65 hablan de masa hereditaria, pero lo hacen refiriéndose al capital acumulado que pueden dejar los asegurados que fallecen sin jubilarse. Es decir, la única manera en que el ahorro de un trabajador se vuelve herencia es si este no firma el contrato de jubilación, si firma, ese mismo instante su dinero pasa al fondo común."
      En mi caso mi papa fall[eció sin jubilarse se puede tratar sus aportes acumulados como herencia?. Que tramites se deben hacer?
      Gracias.

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  4. Lo cierto es que con la actual ley de pensiones a nadie le coviene jubilarse porque es infimo el monto. Y como el gobierno ha metdo mano a los ahorro individual del trabajador y encima bajo los interes que percibian estos ahorros que yo los llamaria mantenimiento de valor. Al final son recursos del trabajador pero bueno lo cierto es que en todo andamos de mal a peor. Gracias por tocar un tema que atinge a muchos trabajadores

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  5. Lo cierto es que con la actual ley de pensiones a nadie le coviene jubilarse porque es infimo el monto. Y como el gobierno ha metdo mano a los ahorro individual del trabajador y encima bajo los interes que percibian estos ahorros que yo los llamaria mantenimiento de valor. Al final son recursos del trabajador pero bueno lo cierto es que en todo andamos de mal a peor. Gracias por tocar un tema que atinge a muchos trabajadores

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  6. Nelson Morales4 mar 2017, 20:52:00

    En lineas arriba mencionabas que el ahorro individual de una persona que tiene algún problema de salud irreversible no podría llegar a beneficiarse en el tiempo.
    Mi pregunta es, la persona con enfermedad grave puede solicitar su ahorro a la AFP para acudir al médico y realizarse su tratamiento???

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    1. No, no puede. Ahora, hay algunas formas y condiciones en la que un asegurado puede recuperar todos sus aportes, pero hay que analizar en cada caso si cumple esas condiciones. Puedes escribirnos a info@iea.economia.bo para profundizar al respecto

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  7. Que pasa cuando el trabajador no ha alcanzado el numero de aportes requerido por el sistema, por diferentes causas pero la mas comun es que en la actualidad los consultores por producto o en linea tambien deben aportar, pero se da el caso de que los trabajos son temporales puede ser de 1 a 5 años y con ese tiempo de trabajo no alcanzan el numero de aportes....o sea no pueden jubilarse...ese dinero a donde va? puedo retirarmelo esos aportes?

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    1. Los aportes pueden retirarse sólo si el asegurado o asegurada tiene 58 años de edad y no cumple los requisitos para acceder a una pensión de vejez o pensión solidaria de vejez.

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    2. ahora, antes de retirar el capital acumulado en las AFP, es necesario pensar seriamente con qué dinero una persona va a financiar su vejez. Generalmente se piensa que se puede realizar un negocio en el que le irá mejor que en al AFP y, por ende, se tendrá mejores ingresos que con una Pensión de Vejez. Las evidencias existentes hasta el momento muestran que este tipo de pensamiento no es correcto.

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  8. Muy buena información; gracias por ese desprendimiento de sus conocimientos tan especializados.

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  9. Marcelo Rodriguez que buena informacion lo felicito exlente trabajo

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  11. Que pasa si firmo el contrato de jubilacion con la AFP, pero sigo trabajando en mi empresa, pero ya sin aportar. Hay algun problema laboral o legal? Bajo la premisa que son mis propios aportes..

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    1. No pasa nada. La actual Ley de Pensiones, permite jubilarse y seguir trabajando. Lo único que hay que evitar es la doble percepción, es decir, si usted se jubila y sigue trabajando en una empresa que directa o indirectamente depende del Estado, podrá cobrara el monto que le corresponde por su capital acumulado, pero no la parte de la Compensación de Cotizaciones ni la Fracción Solidaria, si tiene derecho a las mismas.

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  12. Interesante artículo, falta ampliar también que en Chile actualmente hay prestas cobra las AFPs Administradas por la VVBA que es la misma en Bolivia.
    Por otra parte en mi caso particular deje el empleo, para formar un negocio luego de 6 años teniendo algo de 6000 dólares en mi ahorro de pensiones los cuales no podré verlos hasta mis 55 años, tengo actualmente 28 y no puedo retirarlos, espero que de acá a 27 años este dinero haya ganado intereses, pero me temo que en ese tiempo el dinero se devaluara (factor que entiendo no consideran)...
    En fin entiendo que este es un gran negocio de empresa VVBA en complicidad con el gobierno

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  13. Muy interesante el tema de las pensiones, y es cierto nadie esta haciendo nada para actualizar los datos del INE y así modificar y mejorar el tema de aumentar y recibir un monto más alto de pensión, si en nuestro país dificilmente los Bolivianos llegamos a vivir mas de 90 años. Seria bueno que se inicie una campaña para mejorar los calculos y recibir un mejor monto por tantos años ahorrado y deberia ser como se dice PARA UNA VEJEZ DIGNA, para después que no estemos, ya para que.

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  14. Felicitarlo por la buena información que interesa a todos los trabajadores y sus familias, seria interesante iniciar CAMPAÑAS para que el actual calculo cambie y mejore, porque en la actualidad muchos trabajadores (as) estan sufriendo de muchas enfermedades y muy dificil que puedan sanar o llegar a vivir mucho tiempo, por ejemplo el cancer, entonces, para que se quiere el dinero para despues si lo mas seguro es que no se vivirá para utilizar este dinero

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  15. tengo 52 años ,aporte 26 años, quede sin trabajo hace 4 años no encuentro
    trabajo.quisiera jubilarme ,¿ que debo hacer?

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    1. Es posible adelantar su jubilación. sin embargo, hay que hacer el estudio matemático para ver si esta opción le es conveniente o no. Para más información, por favro siga el siguiente enlace: http://www.iea.economia.bo/p/analisis.html

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  16. Yo lei que la jubilacion se calcula del promedio de las ultimas 24 boletas de sueldo, de ahi el 60% es lo que cobraras, que tan cierto es eso?

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    1. Eso no es cierto. El promedio salarial solo sirve para determinar el referente salarial, que como dice su nombre es solo referencial y en ningún caso determinante para el monto de pensión.

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  17. Excelente artículo, este es un tema que interesa a todos pero lastimosamente no existe información adecuada que permita a los trabajadores aportantes al seguro de largo plazo tomar decisiones conscientes de su importancia.
    Las bases de cálculo son el mayor misterio y la mayor amargura de los que acceden a la jubilación, toda vez que la inestabilidad laboral no garantiza la permanencia de los trabajadores de manera continua,y el permanente incremento en el costo de vida,siendo tardía la reacción al comprobar esta realidad.
    Considero que este tema debe ser enriquecido y compartido a todos los importantes a la jubilación para que puedan informarse y concentrarse de este tema que afecta de manera decisiva en la vida de los bolivianos.
    Agradeciendo a Marcelo Rodríguez la posibilidad que nos brinda de ingresar en un tema tan interesante Como complicado.

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  18. No hay que ver en una bola de cristal lo que sucedera, veamos al otro lado de la cordillera, en Chile, viven miseria los adultos mayores, estan en la miseria y tan desesperados y sumado a la facilidad de adquirir creditos, terminan sus ultimos dias, endeudados, enfermos, desnutridos y sobre todo dejando deudas y sin los pocos bienes a sus familiares, estan en los metros o en la calle vendiendo Super8, o pidiendo limosna, hombres y mujeres que aportaron con sus vidas al desarrollo del pais, que esperan sobrevivir o quizas ya no al siguiente invierno. Esa miseria se vera en Bolivia.

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  19. Una persona de una AFP me indicó que en un calculo rápido, pero no exacto, basado en un promedio general, por cada 100.000 Bs indicados como monto total en mi boleta de AFP, recibiré 500 Bs de pensión.
    Entiendo que cada caso es particular pero para un promedio general: ¿Es correcto o aproximado esta forma rápida de calculo?

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  20. Por favor; si alguien me puede explicar en que consiste el RE CALCULO que ahora la afp futuro viene realizando?

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  21. Lo primero actualizar la probabilidad de vida de 110 años a la realidad de bolivia, pero en mis 57 años solo escuche 2 o 3 casos que llegaron a 100 o 102 años como gran noticia,el resto no llega a los 90.

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  22. NECESITO ME EXPLIQUE COMO REALIZAN EL CALCULO PARA OBTENER EL MONTO DE JUBILACIÓN.

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  23. Muchas gracias por el artículo. Es evidente que vivimos bajo un sistema de robo sistematizado en el que nos obligan a ser estafados.

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  24. Gracias por el comentario.
    Fueron otros gobernantes los que empezaron con esta picardía y ahora los angelitos azules negros lo manejan cómo les da la gana 😡😡

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