22 mayo 2012

El 18 de abril pasado Evo Morales promulgó el Decreto Supremo 1202 que establece el pago de 30 dólares extras por cada barril de petróleo producido en el país, en calidad de “incentivo único aplicable a la producción de petróleo” y con el fin de “promover la exploración y reducir las importaciones de derivados” de petróleo.

De acuerdo a las declaraciones de Carlos Villegas, presidente de YPFB Corporación e impulsor de la medida, esa determinación se justifica porque de los 27,11 dólares que se paga por barril de petróleo en Bolivia, las empresas petroleras reciben efectivamente sólo 10,29 dólares; monto que no cubriría los actuales costos de producción de las empresas, porque, según Villegas, el costo promedio de producción por barril de petróleo, en los 19 campos petrolíferos en actual operación en el país, habría subido de 23 dólares el año 2007 a 44,6 dólares el año 2011.

Una justificación incorrecta para un “incentivo” innecesario

En la industria petrolera se utilizan dos conceptos sobre costos perfectamente delimitados. El primero, el de Costo de Exploración y Desarrollo que incluye todos los egresos desde el inicio de la exploración hasta la puesta en marcha del campo petrolero o gasífero. Contable y financieramente son los egresos clasificados como Gasto de Capital (CAPEX). El segundo, el de Costo de Producción que refiere sólo a los egresos relacionados con la extracción de los hidrocarburos desde el yacimiento hasta la planta de procesamiento o, en el caso boliviano, hasta el punto de fiscalización. Contable y financieramente son las erogaciones clasificadas como Gasto Operativo (OPEX).

A partir de estos conceptos se construyen dos indicadores. El Costo Unitario de Exploración y Desarrollo, que se obtiene dividiendo el total de las inversiones realizadas entre el total de reservas probadas descubiertas; y el Costo Unitario de Producción, que se obtiene dividiendo el total del gastos operativos de un año entre el total de la producción de hidrocarburos correspondiente a esa gestión.

La suma de ambos conforma el costo total de un barril de petróleo, que va variando según varían los costos referidos. Se comprende que el costo de exploración y desarrollo no aumenta o, aumenta muy poco, debido a que en la etapa productiva de un campo las inversiones son circunstanciales y mínimas. También se comprende que a medida que la producción de un campo va declinando el costo de producción también va en aumento, debido a que los costos operativos aunque no son constantes son relativamente rígidos. La regla es que la producción de un campo petrolero debe detenerse el momento en que los costos unitarios no pueden ser cubiertos por los precios vigentes en el mercado; si hasta ese momento las empresas recuperaron sus inversiones, la operación será exitosa, caso contrario, será una operación a pérdida.

Un ejercicio aplicando estos conceptos, realizado en el CEDIB a finales de 2009, reflejaba que las petroleras habían invertido alrededor de 2,51 dólares por cada barril equivalente de petróleo que tenían en calidad de reserva probada; el ejercicio demostraba también que el costo promedio de extracción de esas reservas era de 3,75; sumados ambos, daban un costo total de producción de 6,26 dólares por barril. Con otra metodología y recurriendo a otros instrumentos los investigadores del CEDLA encontraron resultados similares. En conclusión las empresas no están produciendo a pérdida.

No faltaran quienes duden o descalifiquen las estimaciones realizadas en las instituciones mencionadas, sin embargo, como ratificando las mismas, los informes económicos de YPFB Chaco señalan que sus costos de producción por cada barril de petróleo equivalente oscilaron entre 1,47 dólares el 2007; 1,96 el 2008; 2,13 el 2009; y 1,93 el 2010. (Ver gráfico abajo).

Fuente: http://www.ypfbchaco.com.bo/index.php?option=com_content&task=view&id=651&Itemid=217)
Hay que recordar aquí, que de acuerdo con el informe de la Oficina del Delegado Presidencial para la Revisión y Mejora de la Capitalización, “Cuaderno N° 4 - Las Capitalizadas en Cifras” el costo de búsqueda y desarrollo de un barril de petróleo equivalente en, por ese entonces, la Empresa Petrolera Chaco era de 3,70 dólares. Si tomamos en cuenta que este tipo de costos no varían sustancialmente y la sumamos a los costos de producción reportados por la empresa, podemos inferir que el costo total de producción de YPFB Chaco debería estar alrededor de los seis dólares.

Anótese, además, que YPFB Chaco opera nueve de los 19 campos petroleros del país, ocho de los cuales están en plena declinación; sin embargo, aun así u informe económico reporta utilidades y no pérdidas. Por lo que es de suponer que las otras empresas que tienen el resto de los campos petroleros no tendrían por qué necesitar incentivos.

Dicho de otro modo, la justificación presentada por Carlos Villegas es incorrecta y el incentivo es completamente injustificado e innecesario.

¿Incentivo o reconocimiento?

El decreto también establece que el incentivo se pagará a la producción de petróleo actualmente existente; por lo que urge preguntarse, si la intención del decreto es impulsar nuevas actividades exploratorias y aumentar el volumen de petróleo producido, ¿no hubiese sido mejor, que el incentivo fuese otorgado a la producción nueva, es decir, a la producción por encima de la previamente existente? ¿No hubiese sido mejor entregar el incentivo a la producción en campos nuevos, a fin de incentivar la exploración en áreas nuevas? ¿No podría haberse seguido el ejemplo de la Argentina, que cuando aplicó un incentivo similar, dejó claramente establecido que el petróleo ya producido no recibiría el incentivo, además que estipulaba claramente qué tipos de petróleo sí podría recibirlo?

El decreto además estipula que se otorgará el incentivo a todo hidrocarburo líquido que tenga una gravedad de hasta 55° API, cuando internacionalmente se reconoce como petróleo sólo a los hidrocarburos líquidos que tengan una gravedad hasta 50° API. Por encima de esa gradación están los hidrocarburos líquidos denominados “condensado” y “líquidos del gas natural” que, como se comprenderá, tienen un precio menor en el mercado internacional del petróleo.

Aquí vuelvo a preguntar, si uno de los objetivos del decreto es disminuir la importación de combustibles, principalmente de diesel, ¿no hubiese sido mejor que se diera dicho incentivo al petróleo de mejor calidad, por ejemplo, a los petróleos que tiene una gravedad entre los 23° y 40° API, que son mucho más útiles para la obtención de diesel y gasolina automotriz?

Lamentablemente, ninguno de estos aspectos es previsto en el decreto, que a ciegas y a tontas aprueba el pago de 30 dólares extras por cada barril de petróleo. Todo parece indicar que la medida gubernamental más que un incentivo es un reconocimiento a la exigencia de las transnacionales de obtener en el país los mismos réditos que obtendrían comercializando nuestros recursos naturales en el mercado internacional. Recordemos que las empresas petroleras no reclamaban que tenían pérdidas, sino que no estaban ganando a los niveles que el precio internacional del petróleo, de estar vigente en Bolivia, les permitiría ganar.

Retroceso de la Nacionalización

Me resisto a creer que los desaciertos enumerados sean circunstanciales o puedan ser atribuidos a la supuesta incompetencia de los actuales ejecutivos de YPFB Corporación, lo acontecido no tiene nada que ver con fatales casualidades o falta de capacidades, por el contrario, es una decisión consciente, “estudiada”, que señala otro de los elementos de la completa abdicación de la ya tímida nacionalización de hidrocarburos ante el capital transnacional.

Lamentablemente, los actuales ejecutivos de YPFB corporación parecen olvidar que la lección fundamental de la industria petrolera internacional, es que donde van las transnacionales la industria petrolera nacional no progresa, por el contrario, decrece si es que no es desarticulada completamente. Por ello, la tendencia mundial y suramericana es constituir empresas petroleras estatales, que sean efectivamente operativas y capaces de desplazar a las transnacionales; y en caso de no ser posible, la regla general es dejarles a éstas el menor campo de acción y, por ningún motivo, generarles incentivos.

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